EL SENADO Y LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- El Poder Ejecutivo deberá ordenar de inmediato, el estudio del área vieja de riego del Valle Central (Departamentos Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú), a fin de determinar las causas del ascenso de la napa freática que ocasiona problemas de salinización y anegamiento en los suelos agrícolas, peligro de derrumbe en viviendas de adobes y foco de proliferación de insectos vectores de enfermedades. ARTICULO 2º.- A tales efectos, el poder Ejecutivo podrá realizar convenios bilaterales con Organismos técnicos y de investigación, nacionales y privados. ARTICULO 3º.- Hasta tanto se determinen fehacientemente las causas que originan el problema señalado, el Poder Ejecutivo realizará periódicamente a través de la repartición técnica específica, el mantenimiento de las obras de drenaje existentes y que fueron construídas oportunamente a efectos de subsanar en parte el mismo. ARTICULO 4º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Ley, deberá imputarse a Rentas Generales. ARTICULO 5º.- De forma.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS. Dr. MIGUEL ANGEL AREVALO Vicepresidente 1º a/c Presidencia Cámara de Senadores Dr. ORESTE MIGUEL PIOVANO Presidente Cámara de Diputados JUAN FERNANDO ANDRADA Secretario Cámara de Senadores CARLOS ALBERTO RIZO Secretario Cámara de Diputados