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Ley 4296 - Declárase monumento histórico a la Iglesia "Nuestra Señora de la Merced" - Villa Dolores - Valle Viejo.-
Nº 46-7/6/85 - Pág. 1185

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Declárase monumento histórico a la Iglesia "Nuestra Señora de la Merced", ubicada en la localidad de Villa Dolores - Departamento Valle Viejo de esta Provincia. ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo a través de los Organismos competentes, procederá a realizar todos los actos necesarios a los fines del cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 3º.- De forma.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO. Dr. OSCAR RAMON GARBE Presidente Provisorio Cámara de Senadores JULIO CESAR YAPURA Presidente Cámara de Diputados CLEMENTE V. MARCOLLI Secretario Cámara de Senadores Dr. OSCAR EDUARDO ROMERO Secretario Cámara de Diputados

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