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  • Gobierno Municipal de Valle Viejo
Ley 4119 - Dispónese la construcción edificio, para la Sucursal del Banco de la Provincia de Catamarca en Valle Viejo.-
Nº 82-12/10/84 - Pág. 1851/52

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Dispónese la construcción de un Edificio, donde funcionará la Sucursal del Banco de la Provincia de Catamarca en el Departamento Valle Viejo. ARTICULO 2°.- La obra se ejecutará en el predio de propiedad del Banco de la Provincia de Catamarca, ubicado en la intersección de las calles Higinio Rizo y Padre Esquiú del citado Departamento. ARTICULO 3º.- La construcción se realizará de acuerdo al plano que figura como anexo 1 y que forma parte de la presente Ley. ARTICULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTICULO 5º.- De forma.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO. MARCOS EFRAIN SAADI Presidente Provisorio Cámara de Senadores Dr. EFRAIN ROSALES Presidente Cámara de Diputados CLEMENTE V. MARCOLLI Secretario Cámara de Senadores DORA E. VARELA DE TOLOZA Prosecretaria Cámara de Diputados a/c Secretaría

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