#
  • Gobierno Municipal de Valle Viejo
Ley 3462 - Municipio Primera Categoría - Municipalidad de Valle Viejo - Jurisdicción - Erígese en Ciudad Villa San Isidro - Cabecera del Departamento.-
Nº 66-17/8/79 - Pág. 1620/21

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Elévase a municipio de primera Categoría a la Municipalidad de Valle Viejo, cuya jurisdicción comprenderá los Distritos de: San Isidro, Villa Dolores, Santa Rosa, El Portezuelo, Huaycama, Santa Cruz, El Bañado, Pozo El Mistol, Sumalao, Polcos, Antapoca, Aguas Coloradas, Las Tejas , Las Esquinas, Puesto del Norte, Los Bajos, Islas Malvinas, Los Pereas, Los Linderos, El Pito, El Arbolito, El Triunfo, Puesto Los Molinas, Los Arbolitos, La Aguadita y Zanca. ARTICULO 2º.- Erígese en ciudad a la Villa de San Isidro, cabecera del Departamento de Valle Viejo. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.- Com.(R) OSCAR MARIA BARCENA Gobernador de Catamarca Dr. Pedro Sofiel Acuña Ministro de Gobierno

Gobierno Municipal de Valle Viejo