EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Dispónese que el Poder Ejecutivo de la Provincia, por intermedio de los organismos técnicos estatales, proceda previo los estudios y proyectos correspondientes, a construir un edificio para Oficinas Públicas Provinciales en el Distrito de San Isidro, Departamento Valle Viejo, en un inmueble de propiedad fiscal que responde a las siguientes características catastrales: PARON Nº 3530 - LOTE G - SECCION: j - ORIGEN: 344 - PROPIETARIO: Estado Provincial - LINDEROS: Al Norte: En una extensión de 34,90mts. con D. ABDON RAIDEN; Al Sur: en una extensión de 15,70mts. con JUSTINO C. CORDOBA y al Oeste: con calle pública en una extensión de 13,40mts. SUPERFICIE: 507,48mts.2 SIN VALUACION FISCAL - OCUPANTES ACTUALES: Sub-Comisaría de Policía y Posta o Sala de Primeros auxilios. ARTICULO 2º.- El edificio a construirse deberá poseer las necesarias comodidades para instalar el local policial y la Sala de Primeros Auxilios, principalmente; debiendo contar también con otras dependencias destinadas a ubicar otras oficinas públicas provinciales que las necesidades comunitarias exijan. ARTICULO 3º.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará al Plan de Obras y Servicios Públicos para el año 1975. ARTICULO 4º.- De forma.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO. Dr. Ricardo M. Moreno Vice-Presidente a/c Presidencia Cámara de Senadores Sebastián A. Corpacci Presidente Cámara de Diputados José María Nicolás Machado Subsecretario Cámara de Senadores a/c Secretaría Prof. Gustavo Alejandro Oviedo Secretario Cámara de Diputados