#
  • Gobierno Municipal de Valle Viejo
Ley 2689 - Expropiación - Declárase de utilidad pública, terrenos ubicados en Valle Viejo.-
Nº 100-13/12/74 - Pág. 2931

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación, las fracciones de terrenos necesarias de los siguientes padrones catastrales: Padrón Nº 1024 propiedad de Cerámica Valle Viejo; Padrón Nº 1025 de la Escuela de Cerámica; Padrón Nº 1026 de Segundo Morales; Padrón Nº 1036 de Luis Alberto Sotomayor; Padrón Nº 1037 de César Sacchet; Padrón Nº 1038 de Nicodermo Brunello; Padrón Nº 1039 de Valentín Bernardi y Padrón Nº 1040 de Julio Héctor Valverdi, ubicados en El Hueco, Distrito San Antonio, Departamento Fray Mamerto Esquiú. ARTICULO 2º.- Las fracciones de terrenos expropiadas por el Artículo 1º, serán destinadas para la construcción de una fábrica de calzado, un Complejo Deportivo y un Barrio de cuarenta (40) viviendas económicas. ARTICULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, para que por intermedio de los Organismos Técnicos pertinentes, realice los estudios, proyectos y obras necesarias, para cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 2º de la presente Ley. ARTICULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados al Plan Trienal de Obras, Trabajos y Servicios Públicos, 1.974-1.976. ARTICULO 5º.- De forma.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS SIETE DIAS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES. Dr. Ricardo María Diego Moreno Vice-Presidente Cámara de Senadores Prof. Carlos Alfredo de la Barrera Presidente Cámara de Diputados Juan Marcelo Savio Secretario Cámara de Senadores Prof. Gustavo Alejandro Oviedo Secretario Cámara de Diputados

Gobierno Municipal de Valle Viejo